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OPINIÓN

Por Decreto 545 se determinó cómo crecerá la Sabana de Bogotá

17 de junio de 2026

Carlos Alfredo Rivera Piracón

Socio fundador y abogado especialista en Derecho Urbano y en Derecho Comercial socio fundador
Canal de noticias de Asuntos Legales

Con la expedición el pasado 29 de mayo del Decreto 545 de 2026 “Por medio del cual se establecen directrices para el ordenamiento ambiental de la Sabana de Bogotá”, se ha generado un intenso debate entre autoridades ambientales, alcaldes, gremio de la infraestructura y de la construcción, abogados urbanistas y ambientalistas, propietarios de tierra y expertos en ordenamiento territorial, pues se discute si ¿con el 545 se frena el desarrollo de infraestructura y vivienda en la Sabana de Bogotá?.

Lo que está en juego no es únicamente el futuro de proyectos de infraestructura y construcción. Lo que se decretó fue cómo crecerá durante las próximas décadas la Sabana de Bogotá, principal región desde lo económico, empresarial, financiero, de gobernanza y administrativo del país.

Para entender la importancia del decreto, es necesario precisar un concepto jurídico poco conocido fuera de los círculos especializados: las determinantes del ordenamiento territorial.

La Constitución Política, en sus artículos 79 y 80, estableció el deber del Estado de proteger el ambiente y planificar el manejo de los recursos naturales. La Ley 99 de 1993 declaró la Sabana de Bogotá como área de interés ecológico nacional. La Ley 388 de 1997, artículo 10, incorporó una herramienta para articular esas obligaciones ambientales y otras con el desarrollo urbano: las determinantes.

En términos simples, una determinante es una regla obligatoria que condiciona las decisiones de ordenamiento territorial. Los municipios pueden definir su modelo de ocupación del territorio, pero no pueden desconocer las determinantes como las que ahora incluye el Decreto 545, restricciones importantes de orden ambiental.

El 545 en materia de vivienda e infraestructura ofrece un debate inevitable. La Sabana de Bogotá ha concentrado durante años buena parte de la expansión urbana y del crecimiento residencial de la región. Las nuevas determinantes modifican la jerarquía entre la necesidad de nuevas soluciones habitacionales y de infraestructura con la protección de áreas ambientalmente sensibles.

La pregunta ya no es dónde construir más vivienda, sino dónde se va a permitir, por resultar ambientalmente sostenible. Algo similar ocurre con la infraestructura regional.

El decreto incorpora directrices relacionadas con movilidad sostenible, conectividad territorial y protección de la estructura ecológica regional. En consecuencia, futuras decisiones sobre corredores viales, proyectos férreos, redes energéticas, plataformas logísticas, aeropuertos y grandes equipamientos deberán armonizarse con criterios ambientales que ahora adquieren una relevancia superior dentro del proceso de planificación.

En otras palabras, la discusión ya no consiste únicamente en construir una vía, una línea férrea, un proyecto energético o un desarrollo de vivienda. También será necesario determinar cómo esas infraestructuras se integran con los ecosistemas, los recursos hídricos y la estructura ambiental del territorio.

Seguramente los próximos años estarán marcados por debates técnicos, administrativos e incluso judiciales sobre el alcance de esta norma.

Una gran incógnita que plantea el Decreto 545 no es ambiental ni inmobiliaria, es una pregunta mucho más profunda: ¿Técnicamente cómo se van a tomar las decisiones sobre el crecimiento de la Sabana de Bogotá para las próximas décadas? Y la respuesta, para bien o para mal, comenzará a construirse a partir de las determinantes que hoy establece esta nueva norma.

 

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